El colegio que nuclea a ese sector de los profesionales de la salud expresó su rechazo al intento del Gobierno nacional de flexibilizar la Ley 27.642 y defendió el sistema de octógonos negros (también conocidos como sellos precautorios) en alimentos y bebidas.

El Gobierno nacional impulsa un proyecto presentado ante el Congreso para modificar la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como Ley de Etiquetado Frontal, vigente en Argentina desde agosto de 2022. El anuncio fue realizado por el vocero presidencial Manuel Adorni a través de su cuenta oficial en X y generó una inmediata reacción de rechazo entre profesionales de la salud, organizaciones científicas y especialistas en nutrición.
La normativa, impulsada durante el gobierno de Alberto Fernández, estableció la incorporación de octógonos negros en los envases de alimentos y bebidas para advertir sobre excesos de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. Además, incluyó restricciones a la publicidad dirigida a niños y criterios para entornos escolares saludables.

Desde distintos sectores vinculados a la salud pública sostienen que cualquier intento de flexibilizar o debilitar la ley implicaría un fuerte retroceso en materia de prevención de enfermedades asociadas a la mala alimentación.
En Corrientes, el tema también generó preocupación. Consultado por diario época, el Colegio de Nutricionistas de la provincia expresó su rechazo a la iniciativa impulsada por la administración de Javier Milei.
La entidad, actualmente presidida por Mariana Maciel, sostuvo que lo que está en discusión «no es únicamente una etiqueta en los envases, sino una política pública integral construida sobre evidencia científica, consenso técnico y un amplio respaldo social y legislativo».
Desde el Colegio señalaron que comprenden que existen intereses vinculados a la unificación normativa dentro del Mercosur y a la intención oficial de reducir regulaciones para facilitar el comercio, aunque advirtieron que las decisiones en materia sanitaria «no pueden basarse exclusivamente en criterios económicos o comerciales».
«Cuando se trata de salud pública deben priorizar la protección de la población y especialmente de las infancias», remarcaron.
Salud versus flexibilización comercial
Los especialistas locales defienden que la Ley de Etiquetado Frontal permite identificar de manera clara y sencilla aquellos productos con exceso de nutrientes críticos, utilizando parámetros establecidos por la Organización Panamericana de la Salud.
Según plantean, debilitar esos estándares implicaría limitar el acceso de la población a información clara y visible para tomar decisiones alimentarias más saludables.
Además, remarcan que la normativa no funciona de manera aislada, sino que forma parte de un sistema integral que Regulación de la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes. Promoción de entornos escolares saludables. Criterios para compras públicas de alimentos. Protección del derecho a la información alimentaria. Para los nutricionistas, cualquier modificación que reduzca el alcance de la ley impactaría especialmente sobre las infancias, al dejarlas más expuestas al consumo de productos ultraprocesados.
Uno de los principales argumentos esgrimidos por las entidades científicas tiene que ver con el crecimiento del sobrepeso y la obesidad infantil en Argentina.
Desde el Colegio de Nutricionistas advirtieron que debilitar la legislación podría incrementar el riesgo de enfermedades crónicas no transmisibles como diabetes, hipertensión arterial. enfermedades cardiovasculares.
Estas patologías representan actualmente una de las principales causas de enfermedad y muerte en el país.
Los profesionales citaron además estudios desarrollados por la Fundación Interamericana del Corazón Argentina, UNICEF y el Instituto de Efectividad Clínica y Sanitaria, que concluyen que el etiquetado frontal mejora la comprensión de la información nutricional y favorece decisiones de compra más saludables.
Incluso, según las proyecciones mencionadas por el sector, una reducción cercana al 24% en el consumo de bebidas azucaradas podría evitar más de 100.000 casos de sobrepeso y obesidad infantil y adolescente.
La ley argentina fue destacada a nivel regional por la Organización Panamericana de la Salud que la consideró uno de los modelos más sólidos y avanzados de América latina.
Por ese motivo, los especialistas consideran que avanzar hacia normativas más flexibles iría «en sentido contrario a la evidencia científica» y al compromiso estatal de garantizar el derecho a una alimentación adecuada.
El Colegio de Nutricionistas de Corrientes manifestó además su acompañamiento a la postura de la Federación Argentina de Graduados en Nutrición y expresó preocupación por antecedentes recientes de modificaciones regulatorias que según sostienen favorecieron intereses de la industria alimentaria por encima de la salud pública.
Como conclusión, la entidad provincial insistió en que defender la Ley de Etiquetado Frontal implica sostener políticas públicas orientadas a prevenir enfermedades y mejorar la calidad de vida de la población.
«La alimentación saludable no puede quedar subordinada a intereses comerciales. Defender la Ley de Etiquetado Frontal es defender el derecho de la población a estar informada, proteger a las infancias y fortalecer políticas públicas que buscan prevenir enfermedades», señalaron.
De este modo, el debate ya quedó abierto y promete convertirse en uno de los temas más sensibles de la agenda sanitaria y alimentaria de las próximas semanas.
Modificaciones
Hay que tener presente que la administración de Javier Milei ya había implementado, en diciembre de 2024, cambios en la ley de Etiquetado Frontal. Lo hizo a través de dos disposiciones de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que modificaban el Manual de Aplicación de la ley y su normativa complementaria.
Uno de los cambios introducidos en aquel momento alteraba la manera en que se calculaba el exceso de nutrientes. Según la reformulación impulsada, la cuenta solo debía tomar aquellos ingredientes añadidos durante la elaboración y procesamiento del producto y no los componentes intrínsecos de los alimentos en su estado natural y también alcanzaban a las condiciones de publicidad de productos rotulados con sellos precautorios.




